Descripción de la Ley. El Congreso aprobó y modificó algunos artículos del Código Procesal Penal, Decreto 51-92, contenidos en la Iniciativa de Ley conocida como Ley de Aceptación de Cargos, la cual tiene como objetivo otorgar beneficios de reducción de penas y minimizar el hacinamiento en los centros de privación de libertad.
El decreto 10-2019 adiciona el título 6, Procedimientos especiales de aceptación de cargos, al libro 4, Procedimientos específicos, del Código Procesal Penal. Este procedimiento establece penas graduales de cuerdo a la etapa en que se de la aceptación del hecho o culpa, la cual puede ser de hasta un 50 por ciento de la pena.
Cabe destacar que por los delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura y delitos contra los deberes de la humanidad, homicidio, parricidio, asesinato, violación, agresión sexual y otros no se podrá realizar rebajas de penas.
Además de existir una pena no podrá ser conmutada y por reincidencia no se tendrá derecho a reducciones por la aceptación de cargos.
Además, dentro de su articulado entre otros, se establece la reducción de penas que beneficiarán hasta en un 50 por ciento si la persona acepta la culpa en primera declaración o hasta antes del auto en apertura de juicio.
En el caso que se admita durante el auto de apertura a juicio y el inicio del debate se tendrá una deducción del 33 por ciento. Y un 20 por ciento si el sindicado acepta los cargos durante el juicio y antes de la recepción de pruebas.
Esta disposición beneficiará a personas que cometieron delitos de lavado de dinero y otros activos.